DECRETO SUPREMO QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS
NACIONAL LA MODERNIZACIÓN, EQUIPAMIENTO E INTERNACIONALIZACIÓN DEL AEROPUERTO
DE JAUJA - REGIÓN JUNÍN
DECRETO SUPREMO N° 020-2011-MTC
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley No.
27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece en los literales b) y g)
de su artículo 4, que son objetivos permanentes del Estado en materia de aeronáutica
civil, entre otros, promover la integración del territorio nacional, así como
el mejoramiento y ampliación de la infraestructura aérea pública y privada;
Que, asimismo, el
literal i) del artículo 9 de la citada Ley, establece que es competencia de la
Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, la de construir, mejorar y rehabilitar aeródromos públicos;
Que, los literales
a) y b) del artículo 4 de la Ley No. 29370 - Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, señalan que dicho Ministerio es
competente de manera exclusiva, en materia de aeronáutica civil e
infraestructura de transportes de alcance
nacional e internacional;
Que, en cumplimiento
de las funciones de vigilancia y supervisión de las actividades de aeronáutica
civil en el país, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones ha efectuado inspecciones técnicas al Aeropuerto
de Jauja - Región Junín, cuyos resultados indican que es necesario programar
actividades de mejoramiento, modernización y equipamiento en el mencionado
Aeropuerto;
Que, dichas
actividades resultan de suma importancia, debido a la estratégica ubicación del
Aeropuerto de Jauja en el territorio nacional, la cual lo convierte en el más
idóneo para funcionar como alterno del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez
(AIJCH) en la zona del centro del país, debiendo tenerse en cuenta que en caso
de desastres naturales en la costa central del país, el Aeropuerto de Jauja
resultaría el medio más efectivo para hacer llegar la ayuda nacional e
internacional a las principales ciudades de la costa central del Perú;
Que, de otro lado,
los niveles del tráfico aéreo vienen incrementándose sostenidamente en el país,
siendo una necesidad del sector aerocomercial contar con la infraestructura
aeroportuaria que permita el movimiento seguro y ordenado de aeronaves, pasajeros y carga;
De conformidad con
lo dispuesto por la Ley No. 29158,
Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo, la Ley No. 29370 – Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Ley No. 27261 - Ley de
Aeronáutica Civil del Perú;
DECRETA:
Artículo
1.- Declaración de necesidad pública e interés nacional
Declarar de
necesidad pública e interés nacional la modernización, equipamiento e
internacionalización del Aeropuerto de Jauja, en la Región Junín.
Artículo
2.- Adopción de medidas necesarias
Encargar a la
Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones la coordinación de los estudios y la adopción de las medidas
necesarias, conforme a sus competencias, para la implementación de lo señalado
en el artículo 1 del presente dispositivo.
Artículo
3.- Refrendo
El presente Decreto
Supremo será refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Dado en la Casa de
Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil once.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente
Constitucional de la República
ENRIQUE CORNEJO
RAMÍREZ
Ministro
de Transportes y Comunicaciones